La respuesta corta es: ¡depende! Ya lo sé, no está claro… ¿son abogados, no cierto? Pero la realidad es que, si se hace esta pregunta después de un accidente automovilístico en Maryland, DC o Virginia, contratar a un abogado agresivo de lesiones personales le dará la mejor oportunidad de desafiar con éxito la inevitable denegación de responsabilidad de la compañía de seguros del otro conductor. 

Los conductores en Maryland, DC y Virginia deben saber que estas tres jurisdicciones siguen la regla de negligencia contributiva, que es extremadamente favorable a las compañías de seguros cuando se trata de reclamos por lesiones sufridas en accidentes de automóvil. La regla de negligencia contributiva prohíbe que un demandante sea compensado por sus lesiones después de un accidente automovilístico en los casos en que contribuyeron de alguna manera a la ocurrencia del accidente o lesión. Esto significa que una víctima lesionada, a quien se encuentra incluso con un 1 % de culpabilidad, no podrá ser compensado por el seguro del conductor que tuvo la culpa en un 99 %.

A las compañías de seguros les encanta esta regla porque, obviamente, les ahorra dinero. Si bien la regla es, de por si, dura e implacable para con los demandantes, las compañías de seguros exageran la defensa de la negligencia contributiva para desalentar reclamos válidos de víctimas de accidentes automovilísticos lesionados. Uno de los escenarios comunes que se puede esperar es que las compañías de seguros se apoyen en esta defensa, afirmando que un demandante estaba conduciendo con exceso de velocidad antes o en el momento del accidente. Un abogado experimentado y agresivo en accidentes automovilísticos puede protegerlo de ser intimidado por una compañía de seguros que afirma, indebidamente, que fue negligente contributivamente porque estaba manejando con exceso de velocidad. 

Nuestros abogados de lesiones personales frecuentemente se pelean con las compañías de seguros con respecto a este tema, cuando un accidente ocurre en una intersección. Un escenario común que tiende a plantear este problema es cuando un conductor, que es acusado de la infracción, intentó girar a la izquierda en una intersección sin ceder el paso a los vehículos que viajan en la dirección opuesta a través de la intersección, con derecho de paso, y así choca con un vehículo que viaja derecho. El conductor demandado con frecuencia afirmará que intentó doblar porque pensaba que tenía más tiempo, creyendo que todo el tráfico que cruzaba viajaba a la velocidad permitida, y que la única razón por la que no tuvo suficiente tiempo para girar de manera segura era a porque el conductor del vehículo impactado viajaba a una velocidad excesiva e insegura.

Es importante tener siempre presente que negligencia no equivale automáticamente a negligencia contributiva. Para que una compañía de seguros pueda afirmar con éxito que una víctima de lesiones personales fue contributivamente negligente, debe probar que: (1) la víctima fue negligente y (2) su negligencia fue una de las causas inmediatas del accidente. Probar la negligencia por sí sola no es suficiente. Lo que esto significa en casos que involucran un reclamo por negligencia contributiva, basado en una alegación de exceso de velocidad, es que la compañía de seguros deberá demostrar que la víctima estaba de hecho viajando con exceso de velocidad y que el accidente no hubiera ocurrido si la víctima hubiera estado manejando dentro del límite de velocidad. Probar la velocidad por sí solo no será suficiente. 

Aplicando la regla al escenario anterior, supongamos que esta demostrado el conductor que avanzaba directo a través de la intersección iba con exceso de velocidad. Los Artículos de Transporte de Maryland dejan bien claro que este conductor tiene el derecho de paso con respecto a cualquier persona que intente girar a la izquierda (indicando específicamente que el conductor de un vehículo que tenga la intención de girar a la izquierda en una intersección, un callejón, una carretera privada o un camino de entrada debe ceder el paso a cualquier otro vehículo que se acerque desde la dirección opuesta y que se encuentre en la intersección o tan cerca de ella como para representar un peligro inmediato). La pregunta crítica para un juez o jurado será si el accidente hubiera ocurrido, o no, si no hubiera conducido excediendo la velocidad limite. Para decidir la respuesta, el juez o el jurado examinará cuidadosamente los hechos y circunstancias del accidente específico. No pueden hacer su determinación basándose en la mera conjetura de que el accidente pudo haber sido causado parcialmente por el exceso de velocidad del conductor. Algunos de los factores que un juez o jurado tendrá en cuenta al tomar esta decisión son: el límite de velocidad que controla el viaje del conductor, la velocidad real del conductor y/o la ubicación del conductor dentro de la intersección o la proximidad a ella en el momento del intento de giro a la izquierda del pasaje de la intersección circundante. 

En conclusión: 

El exceso de velocidad, por sí solo, no impedirá que un reclamante pueda ser compensado por sus lesiones después de un accidente automovilístico causado por la negligencia de otro conductor. Sin embargo, es probable que estos casos resulten en denegaciones de responsabilidad civil del seguro y deberán ser combatidos en los tribunales. Un abogado litigante experto que conozca los vericuetos de la ley podrá preparar y presentar los hechos de su caso de una manera que le brinde la mejor oportunidad de ganarle a la compañía de seguros y obtener la compensación que merece. 

Sobre la Autora

Katherine Oates es una abogada experimentada, que aporta una diversidad de conocimientos y experiencia en litigios a la oficina KGO, en áreas de defensa criminal, derecho de familia y derecho de lesiones personales. Impulsada por su naturaleza competitiva y su pasión por ayudar a las personas, Katherine pone un gran interés personal en el resultado de los casos de sus clientes. Utiliza un enfoque flexible para su práctica, proporcionando una representación creativa e individualizada, adaptada a las circunstancias y objetivos específicos de cada cliente. Su estilo de representación transmite confianza, determinación y humanidad que ofrece comodidad a los clientes durante un proceso difícil y garantiza el mejor resultado posible.

¿PREGUNTAS SOBRE SU CASO? CONTÁCTENOS AHORA.

Maryland

Ubicación e Información de Contacto

200A Monroe Street
Suite 305
Rockville, MD 20850

Tel: 301.840.0080
Fax: 240.341.1423

Virginia

Ubicación e Información de Contacto

4103 Chain Bridge Road
Suite 401
Fairfax, VA 22030

Tel: 703.988.3711
Fax: 240.341.1423

Lea Más Publicaciones de Blog

2023-01-17T13:44:02-05:00

¿Que Son Los Derechos Miranda?

2023-01-17T13:44:02-05:00

La mayoría de la gente conoce los términos: Derechos Miranda, al menos de una manera muy básica, pero pocos saben de dónde viene el término, y qué [...]

2022-12-19T15:06:22-05:00

Visitas Supervisadas en Maryland

2022-12-19T15:06:22-05:00

Visitas Supervisadas en Maryland Si Ud. está pasando por un divorcio y tiene hijos, existe la posibilidad de que también este al tanto de las visitas supervisadas. [...]

2022-12-19T15:06:45-05:00

Conducción Imprudente en Maryland

2022-12-19T15:06:45-05:00

Conducción imprudente en Maryland Maryland tiene un grave problema de manejar imprudentemente; el manejo imprudente es uno de los cargos por delitos menores que es más comúnmente [...]

2022-08-19T16:48:30-04:00

Que Es Homicidio Vehicula en Maryland?

2022-08-19T16:48:30-04:00

Homicidio vehicular consiste en causar la muerte de otro mientras una persona conduce de manera extremadamente negligente.  El homicidio vehicular por negligencia criminal, un delito menos grave, [...]

2022-01-11T11:30:21-05:00

Orden de Paz vs. Orden de Protección en Maryland

2022-01-11T11:30:21-05:00

Orden De Restricción en Maryland  Quienquiera que haya visto un drama legal en la televisión probablemente escuchó una referencia a una "orden de restricción" y generalmente sabe [...]